jueves, 19 de septiembre de 2013

La Inconstitucionalidad del Tope establecido en la Ley 19.101 por acumulación de Jubilación Docente con Retiro Militar

LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL TOPE ESTABLECIDO EN LA LEY 19.101 POR ACUMULACIÓN DE JUBILACIÓN DOCENTE CON RETIRO MILITAR


Introducción.
Numerosos docentes pertenecientes a alguna de las instituciones militares del país se encuentran afectados por la problemática que se analiza en este trabajo. El asunto bajo estudio en esta oportunidad consiste en analizar la inconstitucionalidad del Art. 80 bis. Inc. 2 de la Ley 19.101, en tanto impone un tope irrazonable a la acumulación de dos beneficios de carácter previsional. 

En efecto, una persona que  goce de un retiro militar y que en paralelo se haya desempeñado como docente en las instituciones en cuestión puede acumular al retiro militar una jubilación civil, pero solo hasta el tope que establece la ley señalada. 

En virtud de ese tope ANSES retiene todo lo que excede el mismo, confiscando en algunos casos hasta el 50% de los ingresos del jubilado, lo que en ocasiones implica directamente la perdida de la jubilación civil, pese ha haber realizado el docente durante toda su vida laboral los aportes de ley y pese a cumplir los requisitos para acceder al beneficio. 

Pese a que la Corte Suprema ha declarado ya inconstitucional el articulo señalado, ANSES continua aplicándolo generando enormes perjuicios a jubilados que se ven forzados a iniciar acciones en defensa de sus derechos.




NOTA: El presente trabajo es un análisis complementario del trabajo  titulado: “La situación previsional de los docentes de institutos universitarios dependientes de las fuerzas armadas y de seguridad”.

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Los Límites a la autonomía universitaria en épocas del Centenario de la Reforma.  Abril/2018 https://drive.google.com/file/d/1qibfgsROygXFY1-afuj52FaSZGtbX-a9/view?usp=sharing 
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·         Alcance del Fallo de la Corte Suprema en el caso “Blanco” - Nota a Fallo - Por Aníbal Paz. Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Febrero/2019. Ed. Errepar.
·         El Derecho de la Seguridad Social en crisis - Por Aníbal Paz. Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Agosto/2018. Ed. Errepar.
·         Alcances de la Inconstitucionalidad de la Reforma Previsional. Por Aníbal Paz, publicado en Comercio y Justicia el 14/06/2018.



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martes, 3 de septiembre de 2013

Movilidad Jubilaciones Septiembre/2013

MOVILIDAD JUBILACIONES NACIONALES:


Ø      Movilidad general a partir de SEPTIEMBRE/1314,41%-
Ø      Movilidad docentes nacionales jubilados por ley 24.016/Dec. 137/05]: 9,12% (Circular DP 63-13) 
Ø      Movilidad jubilaciones docentes universitarios a partir de SEPTIEMBRE/13: 17,54 % [Circular 64/13 - ANSeS (DP)]
Ø      Haber jubilatorio máximo: $ 18.146,84 [se retiene el 15% de todo lo que exceda esta suma]
Ø      Base imponible máxima: $ 28.000,65 [No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales sobre lo que exceda este monto]
Ø      Haber jubilatorio mínimo: $ 2.476,98
Ø      Base imponible mínima: $ 861,57
Ø      Valor PBU: $ 1.170,23

- ELIJA UN REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL