EL
IMPACTO DE LA REFORMA PREVISIONAL EN LOS REGÍMENES JUBILATORIOS
ESPECIALES
Por Aníbal Paz

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en vigencia de la ley).” La inconstitucionalidad queda evidenciada en cuanto la
norma pretende aplicarse a las consecuencias de una situación jurídica cuya
existencia es anterior a la última fecha mencionada; es decir, entiende que la
norma es retroactiva y, por lo tanto, no puede aplicarse para atrás en el
tiempo. Es decir que se declara inconstitucional parcialmente la norma, solo en
cuanto a su aplicación retroactiva y no así en cuanto a su pretendida
confiscatoriedad.
Pero en el presente quiero enfocarme en los
aspectos que no han merecido igual tratamiento. En concreto, el impacto que ha
tenido la reforma previsional en los regímenes especiales. Claro, los regímenes
jubilatorios especiales no han sido modificados, pero, de manera indirecta, al
modificarse el régimen general, con la nueva fórmula de movilidad, esto ha
impactado de manera diversa en los especiales, y ello será objeto de
análisis en este comentario. Los regímenes jubilatorios especiales en cuestión
son: a) el de docentes [Dec. 137/05]
; b) el de investigadores, científicos y
tecnológicos [Dec. 160/05] y c) el de docentes
universitarios [Ley 26.508].
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Aníbal Paz Abogado Mat. Prof.: CAC
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Gabriela
Zurita Donda Abogada
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¿Por qué no publican claramente, qué porcentaje de aumento va a cobrar un docente jubilado en marzo 2020? Seguramente ya está definido porque en un par de dias se cierran las liquidaciones. Por favor aclaren este punto. Gracias
ResponderEliminarTotalmente de acuerdo con la pregunta anterior Porventaje movilidad dovente?si las novefades cierran el 15 d cada mes! Por favor averiguen ese dato
ResponderEliminarGracias