jueves, 22 de agosto de 2019

Movilidad Jubilaciones Régimen General y Regímenes Especiales - Septiembre/2019


MOVILIDAD JUBILACIONES RÉGIMEN GENERAL [Investigadores] y REGÍMENES ESPECIALES [Docentes, Universitarios, Luz y Fuerza] - Móvil SEPTIEMBRE/2019
Garantía 82% sobre Salario Mínimo Vital y Móvil. Movilidad veteranos Malvinas. Nuevos rangos para cobro de Asignaciones Familiares


Actualización al 11/11/2019

Movilidad para jubilados y pensionados de los regímenes General, incluye Investigadores, Científicos, Personal No Docente de UUNN, Docentes de Universidades Privadas 


Ø   Movilidad General  [Ley 27.426]: 12,22%   - (Res. SSS 12/19 [En esta pauta se encuentran incluidos: Investigadores y Científicos (Jubilados por Ley 22.929/Dec. 160/05),  Personal No-Docente de Universidades Nacionales, y Docentes de Universidades Privadas. Sólo aplica al Régimen de Docentes Universitarios en  algunos casos de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508   [Próximo aumento en DIC/19: proyección 8,74%, aún no oficializada]


Valores de Referencia [Res. ANSES 200/19]

Ø   Haber jubilatorio máximo$   94.780,42.  
Ø   Haber jubilatorio mínimo: $ 12.937,22 [Con Moratorias]
Ø Base imponible máxima: $ 146.246,86 [No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales sobre lo que exceda este monto] – 
Ø Base imponible mínima: $ 4.499,95 [No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales por remuneraciones inferiores a este monto] 
Ø  Valor PBU: $ 6.112,03
Ø  Valor PUAM: $ 10.349,78- [La PUAM representa el 80% del haber mínimo]- 

Ø   La movilidad general impacta también sobre:
  
  -  Asignaciones Familiares [AAFF]: Monto Máximo para Percibir AAFF: $64.595 (ingreso individual) y $129.190 (ingreso familiar) [Res. ANSES 222/2019)
      -  Parámetros de facturación de Monotributo y Autónomos
    - Impuesto a las Ganancias. Deducción Especial para Jubilados: Mínimo no imponible $77.623,32 (Equivalente a 6 haberes jubilatorios mínimos del Art. 125 de Ley 24.241. Este mínimo no aplica a aquellos jubilados que tengan ingresos por otra actividad, ni a quienes paguen Impuesto a los Bienes Personales, salvo que lo hagan por vivienda única) [Art. 23 de Ley 20.628 s/Ley 27346] 
           - Evaluación Socio-Económica para acceder a Moratorias o PUAM (Res. ANSES 17/2019)
                 a) Manifestación patrimonial (Impuesto Bienes Personales)  
                 b) valuación de Automóviles 
                 c) Gastos anualizados de tarjetas debido/crédito inferiores
                 d) Ingresos brutos anuales 
           Pensiones No Contributivas [PNC]: Las diferentes PNC están atadas a un porcentaje de la Jubilación Mínima vigente de cada periodo, o a una determinada cantidad de ellas, según la ley aplicada a cada caso. 


Movilidad Jubilatoria Regímenes Especiales: UNIVERSITARIOS, DOCENTES, Luz y Fuerza

Ø Movilidad Docentes Nacionales según RIPDOC, Comprende a los jubilados por Dec.137/05 (Ley 24.016): 18,85% - [Circular ANSES DP 49/19]  Incluye a los docentes de nivel inicial, medio, secundario, terciario, superior no universitario, personal civil docente de las Fuerzas Armadas, docentes de educación especial, preuniversitarios, de frontera, de  zona muy desfavorable, y docentes provinciales de cajas transferidas [Próximo aumento en MAR/20]

Ø   Movilidad Docentes Universitarios  según RIPDUN , comprende a los  jubilados por ley 26.508:  8,60% - [Circular ANSES DP 50/19]. Salvo los casos de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508 en los cuales corresponde Movilidad General de 12,22%. [Próximo aumento en MAR/20

Ø   Movilidad Luz y Fuerza:  13,40% [Circular ANSES DP 51/19]. 
[Próximo aumento 2020]



MOVILIDAD para jubilados y pensionados del Régimen General que tienen Garantía equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVyM] (Es decir aquellos jubilados y pensionados SIN MORATORIAS:


Ø 
Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM] (Res. CNEPYSMVYM 06/2019 y Art. 125 bis de Ley 24.241 s/Ley 27.426) [La garantía  sólo alcanza  a quienes obtuvieron el beneficio Sin Moratorias. La garantía equivale cobrar un haber mínimo igual al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente para cada periodo]: 
- a partir del 1° de agosto/19:  $ 14.125,00; 
- a partir del 1° de septiembre/19:  $ 15.625,00; 
- a partir del 1° de octubre/19:  $ 16.875,00 

Ø Haber jubilatorio mínimo con Garantía SMVM
- Aplica retroactivamente a Agosto/19: $11.582,50 La jubilación mínima vigente  para agosto/19 era de $11.528,44, con lo cual para quienes gozan de la garantía deberá liquidarse la diferencia de $54,06 de manera retroactiva.
- No aplica en Septiembre/19.  La jubilación mínima vigente para septiembre/19 es de $12.937,22, con lo cual  no se aplica la garantía durante el mes de septiembre, ya que el 82% del SMVM para ese periodo resulta inferior ($12.812,00).
- Aplicará en octubre/19: $ 13.837,50 La jubilación mínima vigente para octubre/19 será de $12.937,22, con lo cual para quienes gozan de la garantía deberá aplicarse el mínimo señalado de $13.837,50.
Aplicará en noviembre/19: $ 13.837,50 La jubilación mínima vigente para noviembre/19 será de $12.937,22, con lo cual para quienes gozan de la garantía deberá aplicarse el mínimo señalado de $13.837,50.
No aplicará a partir de en Diciembre/19. La jubilación mínima vigente para diciembre/19 sería de $14.067,93, ya que la movilidad esperada sería de 8,74% [no oficializada aún], con lo cual  no se aplica la garantía a partir del mes de diciembre, ya que el 82% del SMVM para ese periodo resulta inferior ($13.837,50)


 MOVILIDAD para pensiones de Veteranos Malvinas:

Ø Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Ley N° 23.848, Dec. 1357/04 y 886/05)  tienen garantía al 82% de la suma de 3 SMVM, es decir que:
- a partir del 01/08/19 percibirán un haber de $34.747,50 [valor estimado no oficializado] 
- a partir del 01/09/19 percibirán un haber de $38.437,50 [valor estimado no oficializado] 
a partir del 01/10/19 percibirán un haber de $41.512,50 [valor estimado no oficializado] 

Ø Jubilaciones otorgadas por el Régimen Previsional Especial para ex -Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur (Ley N° 27.329) tienen garantía al 82% del SMVM, es decir que:
- a partir del 01/08/19 percibirán un haber de $11.582,50 [valor estimado no oficializado] 
- a partir del 01/09/19 percibirán un haber de $12.812,50 [valor estimado no oficializado] 
a partir del 01/10/19 percibirán un haber de $13.875,50 [valor estimado no oficializado]  

Ø   Asignación Universal por Hijo [AUH]: el último aumento fue del 46% en marzo/19 como adelanto para todo el año 2019: $2652 [Dec. 186/2019, Res. ANSES 130/2019]. Por lo tanto NO hay movilidad de AUH para sep/19.No obstante lo señalado precedentemente, se ha dispuesto el pago de una suma extraordinaria de $1.000 para septiembre/19 y otra suma idéntica para octubre/19.


LIMITE a la ACUMULACIÓN de BENEFICIOS:


Ø Haber Tope de General de Brigada  (Acumulación de Jubilación/pensión con Retiro Fuerzas Armadas [Art. 80 bis Ley 19.101]): 
  -  Ago/2019: $138.125,30 [Incluye suma fija por única vez de $5.000]
Sep/2019: $133.125,30

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