lunes, 8 de febrero de 2021

Quo usque tandem, ANSES, abutere patientia nostra

 Quo usque tandem, ANSES,  abutere patientia nostra

 Por Aníbal Paz, publicado el 08/02/21 en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia

¿Hasta cuándo, ANSES, abusarás de nuestra paciencia? gritamos claro y fuerte -y con acompañamiento institucional- los abogados en distintos puntos del país ante las deficiencias evidentes de la atención en “modo pandémico” del organismo. ¿Y cuáles fueron los motivos del reclamo del 5F? Veamos.

El año 2020 ha sido, en muchos sentidos, particular y desproporcionadamente duro para con el sector de los adultos mayores. La respuesta estatal para la protección de los derechos de las personas vulnerables que integran este segmento de la sociedad ha sido, en el mejor de los casos, muy pobre.

Sumado al encierro y los cuidados adicionales que lleva inherente la pertenencia a un grupo de riesgo durante la emergencia sanitaria, los adultos mayores -sujetos de preferente tutela constitucional- han visto en 2020 reducida la movilidad de sus jubilaciones y pensiones, primero por decreto, y luego por ley, todo lo cual ya fuera objeto de comentarios de mis anteriores columnas. Por cierto, estas cuestiones generaron litigiosidad.

Si bien el presente artículo gira en torno a las protestas de los abogados contra ANSES, no debemos olvidar que 2020 también trajo inconvenientes de variada índole a jubilados provinciales de aquellas cajas no trasferidas, siendo los más relevantes las reformas previsionales de Córdoba y Entre Ríos, que también generaron oleadas de litigios.

Al parate inicial –y casi lógico- que supuso la pandemia, le siguieron meses de incertidumbre, desidia, desinteligencias, y desaciertos varios que redundaron en una pérdida de derechos, muchas veces irremediable. La lista de problemas no puede abordarse en profundidad en este comentario, y, por lo tanto, me limitaré a enunciarlos.

Nos hemos encontrado con un primer gran obstáculo: la falta de turnos. Al no haber atención presencial, con gran cantidad de trabajadores operando desde sus domicilios, la disponibilidad de turnos por día de atención se ha reducido drásticamente, hasta tornar virtualmente imposible conseguir un turno de atención.  Ello imposibilitó la generación de nuevos trámites y en muchos casos impidió el acceso a las prestaciones de personas vulnerables que así lo necesitaban. En efecto, durante 2020 se otorgaron menos de la mitad de las jubilaciones que se otorgan habitualmente de manera anual. El “ahorro” que supuso para el Estado la concesión de menos jubilaciones y pensiones no se ha trasladado aparentemente hacia otras áreas del organismo que permitan compensar en alguna manera semejantes fallas. Lo mismo puede decirse del ahorro fiscal producto de la movilidad por decreto durante 2020.

A mediados de 2020 comenzó el organismo receptar ciertos trámites de manera virtual, pero con notables deficiencias: demoras de meses en responder; falta de certezas; ausencia de firma (electrónica) de un empleado responsable, y de fundamentos en las resoluciones de los trámites virtuales, y un largo etcétera. La gran demora a su vez se traduce en pérdida de retroactivos, con el perjuicio que ello trae aparejado. Paulatinamente y a cuenta gotas la cantidad de tramites permitidos por atención virtual se fue ampliando, pero sin solución de los demás inconvenientes, por lo tanto, estamos actualmente ante más de lo mismo. Muchos expedientes relevantes y de alta demanda no pueden ser tratados aun mediante atención virtual, entre ellos, jubilaciones y pensiones de regímenes especiales y diferenciales, y reconocimiento de servicios.

Ausencia de notificación fehaciente, falta de fecha cierta, carencia de fundamentos, imposibilidad de tomar vista de actuaciones, citaciones incompletas, imposibilidad de generar poderes, imposibilidad de acceder a informes, cómputos, liquidaciones, expedientes digitales, inter alia, son los problemas que aquejan a todo aquel jubilado o pensionado que tiene dificultades con ANSES y debe litigar en procura de la defensa de sus derechos injustamente conculcados. Y es en estos puntos donde aparece la figura del abogado. Los abogados hemos visto obstaculizado nuestro derecho a trabajar, y a hacerlo en condiciones dignas, por todos los problemas mencionados.

En efecto, siendo la población adulta mayor de riesgo, cobra aún más relevancia la participación letrada en los trámites, no sólo para el resguardo de los derechos de los justiciables, sino también para evitar la exposición de adultos mayor al riesgo de contagios. Así, los abogados hemos debido presentar medidas cautelares y autosatisfactivas, amparos y acciones declarativas de certeza, por cuestiones tan básicas como para exigir que el organismo brinde un turno de atención, o reciba documentación relativa al cese de un trabajador, o habilite una junta médica para evaluar el grado de incapacidad de una persona.  Sobre este último punto también ha habido reclamos en el sistema de la Ley de Riesgos de Trabajo.

El drama humano no ha sido registrado por ANSES. Personas accidentadas o enfermas imposibilitadas de trabajar no han podido concluir trámites de jubilación por invalidez; trabajadores desempleados que han cumplido edad para jubilarse no han podido acceder a las prestaciones; beneficiarios con beneficios retenidos no han podido levantar la retención; quienes se jubilan por cajas provinciales se han visto impedidos de hacerlo por no poder gestionar reconocimientos de servicios; entre tantos otros problemas. En todos los casos quedaron desamparados y sin recursos, precisamente en la coyuntura sanitaria actual, que es cuando más los necesitan.

No parece necesario aclararlo, pero no obstante ello voy a hacerlo: todas las dificultades señaladas, y que ya eran motivo de recurrentes planteos y reclamos, son preexistentes a la pandemia. Pero conforme trascurrieron los meses durante el ASPO y DISPO el desempeño institucional de la ANSES se ha vuelto insostenible, elevando a la enésima potencia los problemas preexistentes, descuidando insólitamente los derechos de las personas por las que dicho organismo debe velar, y cuya atención justifica y explica la propia existencia de ANSES.

Así las cosas, los abogados que profesionalmente actuamos en beneficio de nuestros representados hemos visto obstaculizado el libre ejercicio profesional, hasta límites francamente intolerables, al punto tal que también se nos perjudica de manera directa, por no poder tramitar los litigios en marcha, por no poder iniciar nuevos litigios, y lo que de ello se deriva: por no poder generar honorarios, y por no poder cobrar los ya generados.

Es en este escenario que los abogados del fuero en Córdoba decidimos visualizar la problemática, con respaldo del Colegio de Abogados de Córdoba, a través de una protesta frente a la ANSES, la cual tuvo su réplica en diferentes ciudades del país con el acompañamiento de otros colegios y entidades profesionales.  

El reclamo de los abogados, unidos y apolíticos como pocas veces, en defensa de sus derechos propios, y sobre todo en defensa de los derechos de sus representados, ha tomado cierta trascendencia en los medios, y es una lucha que recién comienza. Vale remarcar que los representados de los letrados en este fuero son todas personas vulnerables que están atravesando alguna contingencia a cuya cobertura tienen derecho y la ANSES le dificulta, niega u obstaculiza su efectivo goce.  Por ese motivo los reclamos deben ser acompañados por el conjunto de la Sociedad ya que todos somos destinatarios de la Seguridad Social, y muy probablemente conocemos algún drama humano que está siendo actualmente desatendido.

 

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