Los pasivos
continúan perdiendo contra la inflación
Lo demuestran
las variables RIPTE, la movilidad jubilatoria y el salario mínimo vital y
móvil. Además, el especialista Aníbal Paz alertó sobre errores en la página web
de la ANSES, referidos a las pensiones derivadas de los regímenes
especiales
El segmento de
“estacionales” subió 12,6%; el de “regulados”, 4,9%, y el IPC núcleo (sin
regulados ni estacionales), 8,4%. Como aspectos particulares, cabe mencionar
aumentos en bienes estacionales, como verduras (20,5%) e indumentaria (10,8%),
ambos componentes que ya habían traccionado los precios en el mes anterior. Si
bien algunos componentes del IPC Núcleo mostraron una importante desaceleración
respecto de los elevados niveles de marzo, tal como la carne vacuna (2,7%),
otros componentes mantienen dinámicas aceleradas, como la carne aviar (26,4%),
lácteos (11,1%), azúcar (10,6%) y pan y cereales (8,5%).
Por otra parte,
días atrás se publicó el índice Remuneración Imponible Promedio de los
Trabajadores Estables (RIPTE) correspondiente marzo, que se
anunció en 9,8%. El acumulado anual llega así a 23,55% y el valor
interanual quedó en 97,93%.
Al ser
consultado por Factor sobre cómo impactaron estas
variables, Aníbal Paz, abogado y especialista en derecho
previsional, dijo que las variables referenciados quedaron por debajo
de la inflación medida interanualmente: Ripte, salario mínimo vital y
móvil (SMVM), y movilidad de las jubilaciones del régimen general, y de los
regímenes especiales de investigadores, la docentes y universitarios. En los cuadros, confeccionados por el Estudio Aníbal Paz- Zurita Asociados se puedevisualizar la variación interanual y otros aspectos.
El especialista
destacó que la web de ANSES, cuando explica los requisitos
para acceder a las pensiones derivadas, es decir, la pensión por fallecimiento
de una jubilada o de un jubilado, comete un grave error porque da a
entender que no generan derecho a ella los beneficiarios de regímenes
especiales.
La página web de
ANSES dice, textualmente:
“3. La
jubilación de la persona fallecida a partir de la cual se tramita esta
pensión debe pertenecer al régimen general y no a uno especial, como
por ejemplo: Docentes Universitarios, Luz y Fuerza o Investigadores
Científicos. La pensión tampoco puede ser derivada de una jubilación
adquirida con regularización de aportes por moratoria.” (Ver en: https://www.anses.gob.ar/viudez-y-fallecimiento/como-obtener-una-pension-por-fallecimiento/viudez-y-fallecimiento/pension-por-fallecimiento-de-una-trabajadora-o-trabajador]
Contrariamente a
lo que afirma la ANSES en su sitio, los beneficiarios de Regímenes especiales
sí generan derecho a pensión derivada, conforme a la normativa aplicable:
a) Docentes: Dec.
137/05; Ley 24.016; Res. SSS 33/05; Prev-11-51/16 (Trámites: 910 Pensión
Derivada Pbu Docente Dec 137/05; 912 Pensión Derivada Rti Docentes Dec 137/05;
y 914 Pensión Derivada Rdi Dec 137/05).
b) Investigadores:
Dec. 160/05; Ley 22.929; Res. SSS 41/05; Prev-11-50/22 (Trámites; 936 Pensión
Derivada Pbu Investigador Científico Dec 160/05; 938 Pensión Derivada Rti
Investigador Científico Dec 160/05; 940 Pensión Derivada Rdi Investigador
Científico Dec 160/05).
c) Universitarios:
Ley 26.508; Res. SSS 33/09; Prev-11-40/16. (Trámite: 369 Pensión Derivada
Ley 26508).
d) Luz
y Fuerza: Res. MTEySS 268/09, 824/09, 170/10, Conv. SSS
09/2010, y Res. MTEySS 1565/22.
e) Moratoria: Ley
27705, Dec. 173/23, Prev. 11-71/23, la Circular DPA Anses 13/23, y Res. Conj.
Gral AFIP/Anses 5345/23. (En el caso de pensión derivada, por fallecimiento del
titular, el derechohabiente deberá asumir el cargo correspondiente a las cuotas
pendientes de cancelación del PPDP del causante).
* Nota del
Autor: al día 29/05/23 la página de ANSES se observa corregida,
reflejando lo que hemos expuesto en este comentario
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Profesionales
Responsables:
Aníbal
Paz – abogado especialista - Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) -
CPACF T°102 F°454 (BsAs) - CSJN T° 500 F°669 (Fed)
Gabriela
Zurita Donda - abogada
– escribana - Mat. Prof.: CAC 1-34458 (Cba)
- CSJN T° 502 F°465 (Fed)