La importancia de la
FECHA DE CESE para el otorgamiento de las Jubilaciones Docentes
Universitarias
El haber inicial de las
jubilaciones otrogadas bajo el régimen especial de docentes
universitarios [Ley 26508] se determina como el 82% de la
sumatoria de los cargos ejercidos al momento del cese, el cual
puede ser definitivo o condicionado en los términos del Dec.
8820/62.
En tal inteligencia, la
elección de la fecha de cese, en la medida de las
posibilidades que cada caso concreto permita, determina resultados
muy disímiles.
En el cuadro inferior
vemos cuatro ejemplos de docentes que a mayo de 2015 tienen el mismo
salario como docente activo pero, dependiendo de la fecha de cese, el
haber jubilatorio inicial y el actual difieren notoriamente,
mientras que el salario de actividad evouciona de manera idéntica en
todos los casos. En los ejemplos se parte de idénticos cargos y
partiendo de la premisa de que todos tienen fechas de cese diferente,
pero idéntica fecha de alta.
Presentar la renuncia
condicionada supone continuar en actividad hasta que ANSES otrogue el
alta a la prestación. Desde la presentación de la RC, hasta el
momento del alta a la jubilación, los salarios evolucionan de
acuerdo a la pauta salarial vigente, mientras que el haber inicial se
calcula a la fecha del cese, y desde allí hasta la fecha del alta
evoluciona según índice de movilidad aplicable.
Veamos los ejemplos:
EJEMPLO 1 | EJEMPLO 2 | EJEMPLO 3 | EJEMPLO 4 | |
SUELDO ACTIVO MAYO 2015 | 20000 | 20000 | 20000 | 20000 |
FECHA CESE (RC) MAYO/15 | SI | |||
FECHA CESE (RC) JUNIO/15 | SI | |||
FECHA CESE (RC) AGO/15 | SI | |||
FECHA CESE (RC) SET/15 | SI | |||
SUELDO ACTIVO JUNIO 2015 | 23508 | 23508 | 23508 | 23508 |
SUELDO ACTIVO AGO/15 | 25858 | 25858 | 25858 | 25868 |
SUELDO ACTIVO SET/15 | 25858 | 25858 | 25858 | 25858 |
82% AL CESE | 16400 | 19276 | 21204 | 21204 |
SUELDO ACTIVO ENE/16 | 26246 | 26246 | 26246 | 26246 |
ALTA JUBILACIÓN FEB/16 | 19202 | 22570 | 24827 | 23793 |
JUBILACIÓN al PAGO OCT/16 | 25554 | 30036 | 33040 | 31663 |
NOTAS: | ||||
-Todos los valores estan expresados en pesos | ||||
-Todas las cifras han sido redondeadas y se expresan sin decimales para facilitar la lectura y análisis | ||||
- RC = Renuncia Condicionada [Dec. 8820/62] |
En definitiva, la
jubilación debería representar el 82% de los cargos al momento del
cese, lo que no necesariamente significa que al momento del alta a la
jubilación ésta represente el 82% del salario vigente a dicho
momento.
En cada caso concreto,
más allá de los requisitos de edad y servicios exigidos por la
norma, existen variables que pueden aprovecharse para obtener
mejores resultados. Asesórese a los fines de obtener la mejor
jubilación docente posible.
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