MOVILIDAD JUBILACIONES RÉGIMEN GENERAL y REGÍMENES ESPECIALES y GARANTÍA del 82% SEPTIEMBRE/2018
Movilidad para jubilados y pensionados de los regímenes General,
Docentes, Universitarios, Investigadores, Científicos, Personal No Docente de
UUNN y Trabajadores de Luz y Fuerza
Ø Movilidad General [Ley
27.426]: 6,68% - (Res. ANSeS 125/18)
[En esta pauta se encuentran incluidos: Investigadores y Científicos (Jubilados
por Ley 22.929/Dec. 160/05), Personal No-Docente de Universidades Nacionales, y Docentes
de Universidades Privadas. [Próximo aumento en dic/18] Sólo
aplica al Régimen de Docentes Universitarios en algunos casos
de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508
Ø Movilidad Docentes Nacionales según RIPDOC,
jubilados por ley 24.016/Dec.137/05: 9,54% - [Circular
ANSES DP 46/18] [Próximo aumento en mar/19]
Ø Movilidad Docentes
Universitarios según RIPDUN (jubilados por ley
26.508): 7,38% - [Circular ANSES DP 48/18]. Salvo
los casos de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241
+ Ley 26.508 en los cuales corresponde Movilidad General
de 6,68%. [Próximo aumento en mar/19]
Ø Movilidad Luz y Fuerza: 13,54% [Circular
ANSES DP 11/18]
Valores de Referencia [Res. ANSES 128/18]
Ø Haber jubilatorio máximo: $ 63.277,21.
Ø Haber jubilatorio mínimo: $ 8.637,13 [Con
Moratorias]-
Ø Base imponible máxima: $ 97.637,14 [No
se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales sobre lo que exceda
este monto] –
Ø Base imponible mínima: $ 3.004,25 [No
se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales por remuneraciones
inferiores a este monto]
Ø Valor PBU: $ 4.080,51 -
Ø Valor PUAM: $ 6.909,70 - [La
PUAM representa el 80% del haber mínimo]-
Ø La movilidad general impacta también sobre:
- Asignación Universal
por Hijo [AUH] y demás Asignaciones Familiares [AAFF]: Monto Máximo para
Percibir AAFF: $41959 (ingreso individual) y $83917 (ingreso familiar)
- Parámetros de
facturación de Monotributo y Autónomos
Movilidad sólo para jubilados y pensionados del Régimen General
que tienen Garantía equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM]:
Ø Haber
jubilatorio mínimo con Garantía SMVM: $8.774,00. Sólo
alcanza a quienes obtuvieron el beneficio Sin Moratorias. La
garantía equivale cobrar un haber mínimo igual al 82% del Salario Mínimo Vital
y Móvil vigente para cada periodo.- A partir del 01/09/2018 el SMVM se
estableció en la suma de $10.700, con
lo cual el Haber jubilatorio mínimo con Garantía SMVM será de $8.774,00
a partir del 01/09/18- [Res. MTEySS/Consejo del Salario 3-E/2018 y
Art. 125 bis de Ley 24.241 s/Ley 27.426]. Próximos aumentos SMVM: dic/18: $11.300;
mar/19 $11.900; y jun/19: $12.500. En base a los futuros
índices de movilidad se determinará el impacto y alcance de la garantía del
82%.
Ø Pensiones
Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Ley N° 23.848,
Dec. 1357/04 y 886/05) tienen garantía al 82% de la suma de 3 SMVM, es
decir que a partir del 01/09/18 percibirán un haber de $26.322 [Res. SSS N°
25-E/2017]
Ø jubilaciones
otorgadas por el Régimen Previsional Especial para ex -Soldados Combatientes de
la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur (Ley N° 27.329) tienen
garantía al 82% del SMVM, es decir que a partir del 01/07/18 percibirán un haber de $8.774 [Res. SSS N°
25-E/2017]
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