miércoles, 25 de noviembre de 2020

Movilidad Jubilaciones Regímenes General y de Investigadores y Científicos - Dic/20

     Movilidad Jubilaciones y Pensiones Regímenes General y de Investigadores y Científicos - Diciembre/2020 

 A.         Movilidad para jubilados y pensionados del Régimen General

  Movilidad General Comprende a los jubilados y pensionados por Leyes 24.241, 18.037, etc.: 5%[Ley 27.541 - Dec. 899/20] Próximo aumento en Mar/21 según nueva fórmula de movilidad a aprobarse en el Congreso de la Nación

 En esta pauta de movilidad general se encuentran incluidos:  

    -       Personal No-Docente de Universidades Nacionales;

    -       Docentes de Universidades Privadas;

  -       Docentes Privados de establecimientos no adscriptos a Enseñanza Oficial; y

  -     Docentes Universitarios sólo en casos de Prestación por Simultaneidad [Ley 24.241 + Ley 26.508] y en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508] 

 Notas:

            Ø La Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, dispuso la suspensión por 180 días de la fórmula de movilidad de La ley 27.426 y su otorgamiento por decreto hasta tanto se dictase una nueva ley al respecto. Vencido ese plazo se prorrogó la suspensión mediante Dec. 542/20.

Ø En los Arts. 55 y 56 de Ley 27.541 se creó una Comisión Bicameral que tiene por función proponer un proyecto de ley de movilidad de los haberes previsionales y las modificaciones que considere pertinentes relativas a la movilidad o actualización de los regímenes especiales 

Ø La movilidad por la formula suspendida de Ley 27.426 hubiera arrojado para Dic/20 un 4,48%

Ø Propuestas para la movilidad de los Regímenes Especiales

 


B. Movilidad para jubilados y pensionados del Régimen de Investigadores y Científicos 

 Comprende a los jubilados por Dec. 160/05 (Ley 22.929):  5%- [Dec. 899/20; Próximo aumento en Mar/21 según nueva fórmula de movilidad a aprobarse en el Congreso de la Nación

 En esta pauta de movilidad general se encuentran incluidos:

 -  Investigadores, científicos y tecnológicos que se hayan desempeñado con dedicación completa/exclusiva en: CONICET, INTA, INTI, INA [INCyTH], CNEA [o CONEA], INIDEP, ANILS, SEGEMAR, CONAE, CITEFA, Fundación Miguel Lillo.

-  Docentes Universitarios con Dedicación Exclusiva y que realicen tareas de investigación

-   Docentes Universitarios sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508] 

 Notas:

 Ø  Sólo en el mes de marzo/20 el régimen se rigió en su movilidad de acuerdo a la evolución del RIPTE. A partir de Junio/20 se vuelve a la movilidad del régimen general. De esa manera se dio marcha atrás con lo dispuesto en la Res. MTEySS 139/20 y se constituye entonces en el único régimen especial que tiene su pauta de movilidad suspendida.

Ø  No debe confundirse el régimen de investigadores original de Ley 22.929 con el del Dec. 160/05, ya que sólo el primero de ellos mantiene una pauta de movilidad propia, que se obtiene únicamente a través de sentencia judicial

Ø  Investigadores, científicos y tecnológicos que se hayan desempeñado con dedicación completa/exclusiva en INVAP, INTEMIN, NUCLEOELECTRICA NASA, CEPROCOR pueden obtener la inclusión en este régimen sólo a través de sentencia judicial.

Ø  ¿Cómo se calcula el RIPTE?


C. Valores de Referencia [Dec. 899/20 y Res. ANSES 433/20]

 Todos los valores de referencia se incrementan de conformidad con la pauta de movilidad general: 5%:

Ø   Haber jubilatorio máximo$ 128.990,54

Ø   Haber jubilatorio mínimo: $ 19.035,29

Ø Base imponible máxima: $ 208.357,30 (No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales sobre lo que exceda este monto) 

Ø Base imponible mínima: $ 6.411,08 (No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales por remuneraciones inferiores a este monto) 

 Ø Valor PBU: $ 8.144,14

Ø Valor PUAM: $ 15.228,23- [La PUAM representa el 80% del haber mínimo]- 

 Ø   La movilidad general impacta también sobre:

    -   Asignaciones Familiares [AAFF]: Monto Máximo para Percibir AAFF: $77.664 (ingreso individual para JUN/20) y $155.328 (ingreso familiar para SEP/20) [Res. ANSES 312/2020) [Valor actualizado hasta septiembre/20, falta oficialización de datos para diciembre/20]

      -  Parámetros de facturación de Monotributo y Autónomos

  - Impuesto a las Ganancias. Deducción Especial para Jubilados: Mínimo no imponible $114.211,74 (Equivalente a 6 haberes jubilatorios mínimos del Art. 125 de Ley 24.241. Este mínimo no aplica a aquellos jubilados que tengan ingresos por otra actividad, ni a quienes paguen Impuesto a los Bienes Personales, salvo que lo hagan por vivienda única) [Art. 23 de Ley 20.628 s/Ley 27346] 

           - Evaluación Socio-Económica para acceder a Moratorias o PUAM (Res. ANSES 17/2019)

                 a) Manifestación patrimonial (Impuesto Bienes Personales)  

                 b) valuación de Automóviles 

                 c) Gastos anualizados de tarjetas debido/crédito inferiores

                 d) Ingresos brutos anuales 

           - Pensiones No Contributivas [PNC]: Las diferentes PNC están atadas a un porcentaje de la Jubilación Mínima vigente de cada periodo, o a una determinada cantidad de ellas, según la ley aplicada a cada caso. 

-        Asignación Universal por Hijo [AUH]:  $3540 [Res. ANSES 312/20]. [Valor actualizado hasta septiembre/20, falta oficialización de datos para diciembre/20]

 Ø Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Ley N° 23.848, Dec. 1357/04 y 886/05) tienen garantía al 82% de la suma de 3 SMVM, pero en este caso aplica movilidad general a partir del 01/06/20, lo que lleva el haber a $ 54.386,55 [Circ. DP ___/20] [Valor actualizado hasta septiembre/20, falta oficialización de datos para diciembre/20]

Ø Jubilaciones otorgadas por el Régimen Previsional Especial para ex -Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur (Ley N° 27.329) tienen garantía al 82% del SMVM, es decir que a partir de DIC/20 percibirán un haber de $16.881,75

 Ø Régimen Reparatorio para niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia de género y/o intrafamiliar (Ley 27.452): equivale a un haber jubilatorio mínimo vigente: $ 19.035,29 [____ ANSES]


Ø Régimen de Sacerdotes Seculares del Culto Católico (Ley 22.430): asignación mensual no contributiva  equivalente a un haber jubilatorio mínimo vigente: $ 19.035,29 [____ ANSES]

 D. LIMITES a la ACUMULACIÓN de BENEFICIOS:

 Ø Haber máximo por acumulación de jubilación y pensión: $128.990,04

Ø Haber Tope de General de Brigada (Acumulación de Jubilación/pensión con Retiro Fuerzas Armadas [Art. 80 bis Ley 19.101]): valor vigente desde Sep/2019: $133.125,30

 

E. NO HAY CAMBIOS por MOVILIDAD para jubilados y pensionados de los Regímenes Especiales:

 E.1. No hay cambio en la Movilidad para Docentes Nacionales según RIPDOC Comprende a los jubilados y pensionados por Dec.137/05 (Ley 24.016): en SEP/20 el aumento fue de  14,22%- Próximo aumento en MAR/21

 En esta pauta de movilidad general se encuentran incluidos:

 -  Docentes de nivel inicial, medio, secundario, terciario, superior no universitario;

   -       Personal Civil Docente de las Fuerzas Armadas [Ley 17.409];

   -       Docentes de Educación Especial;

  -       Docentes preuniversitarios;

   -       Docentes de frontera y de zona muy desfavorable;

   -       Docentes provinciales de cajas previsionales transferidas a la nación;

   -     Docentes provinciales cuya caja otorgante deba ser la Nación por pluriempleo; y

   -       Docentes Universitarios sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley 26.508] 

 Notas:

Ø  No debe confundirse el régimen de Docentes original de Ley 24.016 con el del Dec. 137/05, ya que sólo el primero de ellos mantiene una pauta de movilidad propia, que se obtiene únicamente a través de sentencia judicial.

Ø   ¿Cómo se calcula el RIPDOC?

 

E.2. No hay cambio en la Movilidad para   Movilidad Docentes Universitarios según RIPDUN, comprende a los jubilados y pensionados por Ley 26.508: en SEP/20 el aumento fue de 19,6%- [Próximo aumento en MAR/21

 En esta pauta de movilidad se encuentran incluidos:

-       Los docentes señalados en el apartado E.1., sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley 26.508]

-        Los investigadores y científicos señalados en el apartado B., sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508]

-   Los casos de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508 en los cuales corresponda movilidad por RIPDUN.-

 En esta pauta de movilidad se encuentran excluidos:

-      Los casos de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508 en los cuales corresponda Movilidad General de 6,12%.-

-       Los casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508] en los cuales corresponde Movilidad General de 6,12%.-

-       Los casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley 26.508] en los cuales corresponda movilidad por RIPDOC.-

-       Los casos de Haber Conjunto [Ley 24.018 + Ley 26.508]

  ¿Cómo se calcula el RIPDUN?

 E.3. No hay cambio en la Movilidad para   Movilidad Luz y Fuerza, El ultimo aumento fue de 18,76% en SEP/20. Próximo aumento: MAR/21

 

F. NO HAY CAMBIOS por MOVILIDAD para jubilados y pensionados del Régimen General que tienen Garantía equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVyM] (Es decir aquellos jubilados y pensionados SIN MORATORIAS:

Ø Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM] (Art. 125 bis de Ley 24.241 s/Ley 27.426) [La garantía sólo alcanza a quienes obtuvieron el beneficio Sin Moratorias. La garantía equivale cobrar un haber mínimo igual al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente para cada periodo]. El SMVM para DIC/20 es de $ 20.587,50 

Ø Haber jubilatorio mínimo con Garantía SMVM:  No aplicará a partir de Diciembre/20. La jubilación mínima vigente para DIC/20 es de $19.035,29, con lo cual no se aplica la garantía a partir del mes de marzo, ya que el 82% del SMVM para ese periodo resulta inferior ($16.881,75). La última aplicación de la garantía fue en NOV/19 cuando la jubilación mínima vigente era de $12.937,22, con lo cual para quienes gozan de la garantía se aplicó el mínimo señalado de $13.837,50. 

NO HAY CAMBIOS por MOVILIDAD para ex presos políticos

Ø Régimen Reparatorio ex Presos Políticos:  el último aumento elevó el haber a la suma de $ 24.968,71  a partir de enero/20. Equivale a la remuneración mensual asignada a la Cat. D nivel 0 de Planta Permanente Sin Tramo del del Agrupamiento General del escalafón para personal del SINEP [Circ. DP 71/19] [Ley 26.913 y Dec. 1058/14]

Simuladores de Movilidad

¿Cuánto debería estar cobrando? ¿Puedo reajustar mis haberes?

Consulte con los profesionales del Estudio

 ·         Simulador De Movilidad Para Régimen De Investigadores:  Reforma Ley 27541, Res. 139/20, Dec. 495/20, y Dec. 692/20 (altas anteriores a febrero 2020)


·     Simulador De Movilidad Para Régimen De Investigadores: Reformas de Leyes 27.426, 27.541, Res. 139/20, Dec. 495/20, y Dec. 692/20 (altas anteriores a febrero 2018)

·        Simulador Para El Régimen General:   Reforma Ley 27541 y Decretos 163/20, 495/20 y 692/20 (altas anteriores a febrero 2020)]

·     Simulador Para El Régimen General: Reformas de Leyes 27426, 27541 y Decretos 163/20 y 495/20 y 692/20 (altas anteriores a febrero 2018)

·     Simulador Para Prestación por Simultaneidad Docente Universitaria [Ley 24.241 + 26.508]

·     Simulador Para Prestación por Haber Conjunto [Ley Dec. 160/05 + 26.508]

Movilidades

Movilidad Jubilaciones y Pensiones Régimen General y Regímenes Especiales [Docentes, Universitarios, Investigadores] - Septiembre/20

Movilidad Jubilaciones y Pensiones Regímenes General y de Investigadores y Científicos - Junio/2020

Movilidad Jubilaciones y Pensiones Régimen General y Regímenes Especiales [Docentes, Universitarios, Investigadores] - Marzo/2020

Movilidad Jubilaciones Régimen General  Diciembre/2019  [Incluye Régimen De Investigadores Y Científicos]

Movilidad Jubilaciones Régimen General [Investigadores] Y Regímenes Especiales [Docentes, Universitarios, Luz Y Fuerza] - Móvil Septiembre/2019 - Garantía 82% sobre Salario Mínimo Vital y Móvil. Movilidad veteranos Malvinas. Nuevos rangos para cobro de Asignaciones Familiares

Movilidad Jubilaciones Régimen General – y valores mínimos y máximos vigentes a   Junio/2019

Movilidad de jubilaciones del Régimen General, Regímenes Especiales y por Garantía 82% SMVM, máximos y mínimos vigentes en Marzo/2019

Movilidad de Jubilaciones Régimen General  y valores máximos y mínimos vigentes en Diciembre/2018

Movilidad de Jubilaciones Régimen General, Regímenes Especiales y por Garantía 82% SMVM Septiembre/2018

Movilidad de Jubilaciones Régimen General  por aplicación de Garantía 82% SMVM Julio/2018

Movilidad de Jubilaciones Régimen General  y valores máximos y mínimos vigentes en Junio/2018

Movilidad de Marzo/2018 y Movilidades Docentes [RIDPUN-RIPDOC] y Movilidad Luz y Fuerza

 

Regímenes Jubilatorios Docentes y  Especiales:

 

DOCENTES UNIVERSITARIOS - Régimen Especial Ley 26.508

INVESTIGADORES Y CIENTÍFICOS - Régimen Especial Dec. 160/05 [Ley 22.929]

INVESTIGADORES Y CIENTÍFICOS - BIS - - Régimen Especial Dec. 160/05 [Ley 22.929]

DOCENTES NIVEL INICIAL, PRIMARIO, SECUNDARIO, TERCIARIO, PREUNIVERSITARIO, Etc.  - Régimen Especial Dec. 137/05 [Ley 24.016]

PENSIONES ESPECIALES – Regímenes especiales varios

DOCENTES DE UNIVERSIDADES PRIVADAS – Régimen General de Ley 24.241

PERSONAL NO DOCENTE DE UNIVERSIDADES NACIONALES - Régimen General de Ley 24.241

MAGISTRADOS, DIPLOMÁTICOS, Trabajadores de LUZ y FUERZA- Regímenes Especiales de Leyes 24.108 y 22.731

GUARDAPARQUES - Régimen especial de Ley 23.794

ARZOBISPOS, OBISPOS, VICARIOS CASTRENSES Y SACERDOTES DEL CLERO SECULAR - Asignaciones de Leyes 21.540 y 22.430

 

Artículos Relacionados:

La sustentabilidad del sistema no pasa por la Movilidad Jubilatoria Por Aníbal Paz, publicado el 12/12/12 en Factor,  y en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia.-

-   Entrevistas a Aníbal Paz sobre el Proyecto de Movilidad Jubilatoria

-   Propuestas para la movilidad de los regímenes jubilatorios especiales.  Por Aníbal Paz. Publicado el día 02/09/20 en Leyes y Comentarios Comercio y Justicia.

 - La solidaridad mal entendida Por Aníbal Paz. Publicado el 31/07/20 en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia.-

El “Índice Caliva” de movilidad jubilatoria Por Aníbal Paz. Publicado el 21/07/2020 en Leyes y Comentarios, Comercio y Justicia

El trabajador en condiciones de jubilarse durante la emergencia sanitaria. Por Aníbal Paz. Publicado el 14/05/20 en Leyes y Comentarios. Ed. Comercio y Justicia

-   Movilidad jubilatoria nacional para junio 2020: todos pierden. Por Aníbal Paz. Publicado el 29/05/20 en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia.

-     Reforma Previsional 2019: Movilidad suspendida, jubilaciones en peligro por enésima vez y los beneficiarios de Regímenes Especiales en alerta. Por Aníbal Paz. Publicado el 31/12/19 en Comercio y Justicia

-     Reforma Previsional 2019: Magistrados, Diplomáticos, Luz y Fuerza, Yacimientos Carboníferos, Guardaparques, Sacerdotes y Obispos. Por Aníbal Paz. Publicado en Comercio y Justicia Suplemento Factor el 18/02/2020.-

-  La vulnerabilidad como eje de la Inconstitucionalidad del Impuesto a las Ganancias. Alcances del fallo “García María Isabel” de la Corte Suprema de Justicia. Por Aníbal Paz Publicado el 02/05/2019 en Semanario Jurídico N° 2202, Comercio y Justicia Editores

¿Es constitucional la pretendida reforma del régimen jubilatorio especial para magistrados? Por Aníbal Paz. Publicado en Comercio y Justicia, en la edición del 20/02/2020

El caso de los fiscales jubilados se resuelve desde el Derecho de la Seguridad Social. Por Aníbal Paz. Publicado el 30/04/2020 en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia.

-    La Problemática de las Sumas No Remunerativas en las Jubilaciones Universitarias y Preuniversitarias. Por Aníbal Paz.  Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Pág. 959. Octubre 2019. Editorial ERREPAR.

-    El Impacto de la Reforma Previsional en los Regímenes Jubilatorios Especiales Por Aníbal Paz Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Ed. ERREPAR. Julio/2019.-

-     Alcance del Fallo de la Corte Suprema en el caso “Blanco” - Nota a Fallo - Por Aníbal Paz. Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Febrero/2019. Ed. Errepar.

-     El Derecho de la Seguridad Social en crisis - Por Aníbal Paz. Publicado en Temas de Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Agosto/2018. Ed. Errepar.

-    Alcances de la Inconstitucionalidad de la Reforma Previsional. Por Aníbal Paz, publicado en Comercio y Justicia el 14/06/2018.

 

 Estudio Aníbal Paz _ Gabriela Zurita - Abogados

  (0351) 448-5854

 (011) 15 5948-1888

 estudioanibalpaz@gmail.com  

www.jubilacion-docente.com.ar

www.estudioanibalpaz.com.ar

 

Formulario de Consultas On Line

 

Facebook:

Derechos del Docente

Jubilaciones Docentes

Estudio_Aníbal Paz_Gabriela Zurita - Abogados

LinkedIn: anibalpaz

Twitter: @anibal_paz

InstagramEstudio_Paz_Zurita_Abogados

YouTube: Aníbal Paz

  

Profesionales Responsables:

Aníbal Paz – abogado - Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) - CPACF T°102 F°454 (BsAs) - CSJN T° 500 F°669 (Fed)

Gabriela Zurita Donda abogada – escribana - Mat. Prof.: CAC 1-34458 (Cba) - CSJN T° 502 F°465 (Fed) 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario

- ELIJA UN REGIMEN JUBILATORIO ESPECIAL