Proyecto
para una Nueva Moratoria Previsional: Las moratorias se han convertido en una solución de tipo permanente, con alto costo
Por Aníbal Paz, publicado el 12/05/22 en Factor, Ed. Comercio y Justicia.-
Se trata de un proyecto de ley que aún no está vigente, y para ello debe sortear las diferentes instancias en ambas Cámaras del Congreso de la Nación. La posibilidad de acceder a esta nueva moratoria previsional, estará vigente por 2 años, a contar desde que se apruebe el proyecto, plazo que puede ser prorrogado:
1.1. Mujeres con 60
años de edad cumplidos;
1.2. Hombres con 65
años de edad cumplidos;
1.3. Derechohabientes
con derecho a pensión:
1.4. Debe tratarse de
personas residentes en el país durante el periodo que pretendan
regularizar;
1.5. Debe tratarse de
personas que no registren aportes (Relación de dependencia, autónomo ni monotributista)
por el periodo que pretendan regularizar;
2.1. Pueden regularizarse
[comprarse] años de servicio hasta el 31/12/2008, y al solo fin de
acreditar el mínimo requerido para tener derecho a PBU (30 años).-
2.2. Cada Unidad De Pago De
Deuda Previsional [UPDP] representa un mes de servicios, y tiene un valor
equivalente al 29% de la Base Imponible Mínima [BIm] vigente al momento
de la regularización. A valores de mayo/22 la BIm es de $10.989,91,
consecuentemente el valor de cada UPDP sería de $ 3.187,07.-
2.3.- El
Plan de Pago de Deuda Previsional [PPDP] podrá cancelarse en hasta 120 cuotas mensuales, en la forma y con
la actualización o interés que la reglamentación determine
2.4. Podrá accederse al PPDP
siempre y cuando se sortee el análisis socioeconómico, que la reglamentación
determine.-
2.5. Las cuotas del PPDP se
descontarán del haber jubilatorio mensual
2.6. La prestación obtenida
mediante PPDP será incompatible con el goce de otra prestación
previsional de cualquier naturaleza, contributiva o no contributiva, salvo que
se trate de una única prestación contributiva igual o inferior al haber
jubilatorio mínimo vigente [Al día de la fecha la jubilación mínima es de $
32.630,40]
2.7. Para acceder al PPDP
deberán estar canceladas al 31/12/21 en su totalidad otros planes de pago vigentes
correspondiente a moratorias previsionales previas
1.1. Mujeres con entre
50 y 59 años de edad
1.2. Hombres con entre
55 y 64 años de edad
1.3. Deben acreditarse
ingresos que permitan justificar el pago de la Unidad De Cancelación De
Aportes Previsionales [UCAP]
1.4. Debe tratarse de
personas residentes en el país durante el periodo que pretendan
regularizar.
1.5. Debe tratarse de
personas que no registren aportes (Relación de dependencia, autónomo ni monotributista)
por el periodo que pretendan regularizar.
2.- Características:
2.1. Pueden regularizarse
[comprarse] años de servicio hasta el 31/03/2012; y al solo fin de
acreditar el mínimo requerido para tener derecho a PBU (30 años).-
2.2. Cada UCAP tiene un
valor equivalente al 29% de la BIm vigente al momento del efectivo pago,
independientemente del periodo al cual aplique
Moratorias vigentes
Si bien lo analizado precedentemente es tan solo un proyecto de ley, de incierto futuro, debemos remarcar que actualmente existen dos moratorias previsionales que se encuentran vigentes:
> La de Ley 24.476, que tiene carácter permanente y permite regularizar [comprar] aportes desde la fecha de su cumpleaños n° 18, hasta el 30/09/93. No hay distinción entre hombres y mujeres al respecto. Con el transcurso del tiempo esta moratoria tiene su vencimiento que operará de manera "natural" con el paso de los años.
> La de Ley 26.970, que vence 23/07/22, permite regularizar [comprar] aportes desde la fecha de su cumpleaños n° 18, hasta el 31/12/03. Solo puede ser utilizada por mujeres.
Ante el próximo vencimiento de esta ultima moratoria, y siendo que cada vez menos personas puede acceder a la moratoria anterior, es que se presentó el proyecto que se analiza más arriba, tendiendo a ampliar la inclusión previsional. La alternativa al proyecto es la de prorrogar, una vez más, la ultima moratoria.
Se debe remarcar que quienes no pueden acceder a las moratorias vigentes, actualmente tienen la opción de acceder a la Prestación Universal para el Adulto Mayor [PUAM], con 65 años de edad cumplidos, sin distinción de genero, para obtener un haber equivalente al 80% del haber jubilatorio mínimo.
El problema con las moratorias reside en que se aplican sin contarse con fuentes de financiamiento genuinas, asumiéndose compromisos de largo plazo para con los beneficiarios, y sin modificarse los aspectos estructurales que llevan a la necesidad de garantizar la cobertura de la Seguridad Social para todas aquellas personas que han trabajado informalmente, en un circulo vicioso que no se corta. De esta manera las moratorias se han convertido en una solución de tipo permanente, con alto costo, y en detrimento de los jubilados que si han contribuido al sistema, provocando no pocas veces el desaliento a contribuir para, en definitiva, acceder a similares prestaciones.
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Paz – abogado
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