Movilidad Jubilaciones y Pensiones Regímenes General y de
Investigadores y Científicos - Junio/2020
A.
Movilidad para jubilados y pensionados del
Régimen General
Movilidad General Comprende
a los jubilados y pensionados por Leyes 24.241, 18.037, etc.: 6,12%. [Ley 27.541 - Dec. 495/20] Próximo aumento en SEP/20
En esta pauta de movilidad general se
encuentran incluidos:
- Personal No-Docente de Universidades
Nacionales;
- Docentes de Universidades Privadas;
- Docentes Privados de
establecimientos no adscriptos a Enseñanza Oficial; y
- Docentes
Universitarios sólo en casos de Prestación por
Simultaneidad [Ley 24.241 + Ley 26.508] y en algunos casos
de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508]
Notas:
Ø Esta fórmula de movilidad
general ha sido suspendida en su aplicación por Ley 27.451 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva
en el marco de la Emergencia Económica, por el plazo de 180 días. Durante
el plazo de suspensión el Poder Ejecutivo otorgará aumentos trimestrales por
decreto.
Ø Atento a que la emergencia sanitaria
ocasionada por la pandemia derivada del coronavirus COVID-19 ha impedido el
funcionamiento normal del Congreso de la Nación, el plazo de suspensión dispuesto
por Ley 27.541 deberá prorrogarse a su finalización, o bien retornarse a la fórmula
de Ley 27.246.
Ø La movilidad por la formula
suspendida de Ley 27.426 hubiera arrojado para Mar/20 un 11,56%,
y para Jun/20 un 10,9%. Para Sep/20 se prevé ese
valor sería de 9,88% que la (Estos
valores son estimaciones no oficiales)
B. Movilidad para jubilados y pensionados del Régimen de
Investigadores y Científicos
Comprende a los jubilados por Dec.
160/05 (Ley 22.929): 6,12%- [Dec. 495/20; Circular
ANSES DP 15/20]. Próximo aumento en SEP/20
En esta pauta de movilidad general se
encuentran incluidos:
- Investigadores, científicos y tecnológicos que se
hayan desempeñado con dedicación completa/exclusiva en: CONICET, INTA, INTI,
INA [INCyTH], CNEA [o CONEA], INIDEP, ANILS, SEGEMAR,
CONAE, CITEFA, Fundación Miguel Lillo.
- Docentes
Universitarios con Dedicación Exclusiva y que realicen tareas
de investigación
- Docentes Universitarios sólo en
algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508]
Notas:
Ø Sólo
en el mes de marzo/20 el régimen se rigió en su movilidad de acuerdo a la evolución
del RIPTE. A partir de Junio/20 se vuelve a la movilidad del régimen general.
De esa manera se dio marcha atrás con lo
dispuesto en la Res. MTEySS 139/20 y se constituye entonces en el único régimen
especial que tiene su pauta de movilidad suspendida.
Ø No debe confundirse el
régimen de investigadores original de Ley 22.929 con el del Dec. 160/05, ya que
sólo el primero de ellos mantiene una pauta de movilidad propia, que se obtiene
únicamente a través de sentencia judicial
Ø Investigadores,
científicos y tecnológicos que se hayan desempeñado con dedicación
completa/exclusiva en INVAP, INTEMIN, NUCLEOELECTRICA NASA, CEPROCOR
pueden obtener la inclusión en este régimen sólo a través de sentencia
judicial.
C. Valores de Referencia [Dec. 495/20 y Res. ANSES 167/20]
Todos los valores de referencia se incrementan de
conformidad con la pauta de movilidad general: 6,12%:
Ø Haber jubilatorio máximo: $ 113.479,11
Ø Haber jubilatorio mínimo: $
16.864,05
Ø Base imponible máxima: $ 184.591,18
(No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales sobre lo que
exceda este monto)
Ø Base imponible mínima: $
5.679,80 (No se efectúan aportes personales ni contribuciones patronales por
remuneraciones inferiores a este monto)
Ø Valor PBU: $
7.215,18
Ø Valor PUAM: $ 13.491,24- [La
PUAM representa el 80% del haber mínimo]-
Ø La movilidad general
impacta también sobre:
- Asignaciones Familiares [AAFF]: Monto
Máximo para Percibir AAFF: $77.664 (ingreso individual para JUN/20)
y $155.328 (ingreso familiar para JUN/20)
[Res. ANSES 75/2020)
- Parámetros de
facturación de Monotributo y Autónomos
- Impuesto a las Ganancias. Deducción Especial para Jubilados: Mínimo no
imponible $101.184,3 (Equivalente a 6 haberes
jubilatorios mínimos del Art. 125 de Ley
24.241. Este mínimo no aplica a aquellos jubilados que tengan
ingresos por otra actividad, ni a quienes paguen Impuesto a los Bienes
Personales, salvo que lo hagan por vivienda única) [Art. 23 de Ley 20.628
s/Ley 27346]
- Evaluación Socio-Económica para
acceder a Moratorias o PUAM (Res. ANSES 17/2019):
a) Manifestación patrimonial (Impuesto Bienes
Personales)
b) valuación de Automóviles
c) Gastos anualizados de tarjetas debido/crédito inferiores
d) Ingresos brutos anuales
- Pensiones No Contributivas [PNC]: Las
diferentes PNC están atadas a un porcentaje de la Jubilación Mínima vigente de
cada periodo, o a una determinada cantidad de ellas, según la ley aplicada
a cada caso.
-
Asignación
Universal por Hijo [AUH]: $3293 [Res.
ANSES 166/20].
Ø Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur (Ley
N° 23.848, Dec. 1357/04 y 886/05) tienen garantía al 82% de la suma de 3 SMVM,
pero en este caso aplica movilidad general a partir del 01/06/20, lo que lleva
el haber a $50.592,15 [Circ. DP 15/20]
Ø Régimen Reparatorio para niñas, niños y
adolescentes víctimas de
violencia de género y/o intrafamiliar (Ley 27.452): equivale a
un haber jubilatorio mínimo vigente: $ 16.864,05 [____
ANSES]
Ø Régimen de Sacerdotes Seculares del Culto Católico (Ley 22.430): asignación mensual no contributiva equivalente a un haber jubilatorio mínimo vigente: $ 16.864,05 [____ ANSES]
D. LIMITES a la ACUMULACIÓN de BENEFICIOS:
Ø Haber máximo por
acumulación de jubilación y pensión: $113.479,11
Ø Haber Tope de General de Brigada (Acumulación
de Jubilación/pensión con Retiro Fuerzas Armadas [Art.
80 bis Ley 19.101]): valor vigente desde Sep/2019: $133.125,30
E. NO HAY CAMBIOS por MOVILIDAD para jubilados y pensionados de los
Regímenes Especiales:
E.1. No hay cambio en la Movilidad para Docentes Nacionales según RIPDOC Comprende
a los jubilados y pensionados por Dec.137/05 (Ley 24.016): en marzo/20 el aumento fue de 23,29%- [Circular
ANSES DP __/20] Próximo aumento en SEP/20
En esta pauta de movilidad general se
encuentran incluidos:
- Docentes
de nivel inicial, medio, secundario, terciario, superior no
universitario;
- Personal
Civil Docente de las Fuerzas Armadas [Ley 17.409];
- Docentes
de Educación Especial;
- Docentes preuniversitarios;
- Docentes de frontera y
de zona muy desfavorable;
- Docentes
provinciales de cajas previsionales transferidas a la nación;
- Docentes
provinciales cuya caja otorgante deba ser la Nación por pluriempleo; y
- Docentes Universitarios sólo en
algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley 26.508]
Notas:
Ø No debe confundirse el
régimen de Docentes original de Ley 24.016 con el del Dec. 137/05, ya que sólo
el primero de ellos mantiene una pauta de movilidad propia, que se
obtiene únicamente a través de sentencia judicial.
E.2. No hay cambio en la Movilidad para Movilidad Docentes
Universitarios según RIPDUN, comprende
a los jubilados y pensionados por Ley 26.508: en marzo/20 el aumento fue de 30,64%- [Circular ANSES DP __/20]. Próximo aumento en SEP/20
En esta pauta de movilidad se
encuentran incluidos:
- Los docentes señalados en el apartado E.1.,
sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley
26.508]
- Los investigadores y científicos señalados
en el apartado B., sólo en algunos casos de Haber Conjunto [Dec.
160/05 + Ley 26.508]
- Los casos
de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508 en
los cuales corresponda movilidad por RIPDUN.-
En esta pauta de movilidad se
encuentran excluidos:
- Los casos
de Prestación por Simultaneidad Ley 24.241 + Ley 26.508 en
los cuales corresponda Movilidad General de 6,12%.-
- Los
casos de Haber Conjunto [Dec. 160/05 + Ley 26.508] en los
cuales corresponde Movilidad General de 6,12%.-
- Los
casos de Haber Conjunto [Dec. 137/05 + Ley 26.508] en los
cuales corresponda movilidad por RIPDOC.-
- Los
casos de Haber Conjunto [Ley 24.018 + Ley 26.508]
E.3. No hay cambio en la Movilidad para Movilidad Luz y Fuerza: 18,76% Próximo aumento: 18,76% en sep/2020 [Circular ANSES DP ___/20].
F. NO HAY CAMBIOS por MOVILIDAD para jubilados y pensionados del
Régimen General que tienen Garantía equivalente al 82% del Salario Mínimo
Vital y Móvil [SMVyM] (Es decir aquellos jubilados y pensionados SIN
MORATORIAS:
Ø Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM] (Res. CNEPYSMVYM 06/2019 y Art. 125 bis de Ley 24.241 s/Ley 27.426) [La garantía sólo alcanza a quienes obtuvieron el beneficio Sin Moratorias. La garantía equivale cobrar un haber mínimo igual al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente para cada periodo]. El SMVM vigente es de $ 16.875,00
Ø Haber
jubilatorio mínimo con Garantía SMVM: No
aplicará a partir de Marzo/20. La jubilación mínima
vigente para Marzo/20 es de $15.891,49, con lo cual no se aplica la
garantía a partir del mes de marzo, ya que el 82% del SMVM para ese periodo resulta
inferior ($13.837,50). La última aplicación de la garantía fue en
NOV/19 cuando la jubilación mínima vigente era de
$12.937,22, con lo cual para quienes gozan de la garantía se aplicó
el mínimo señalado de $13.837,50.
NO HAY CAMBIOS
por MOVILIDAD para ex combatientes Malvinas:
Ø Jubilaciones otorgadas por el
Régimen Previsional Especial para ex
-Soldados Combatientes de la Guerra de Malvinas, Georgias y Sandwich del
Sur (Ley N° 27.329) tienen garantía al 82% del SMVM, es decir que: El
último aumento fue a partir del 01/10/19 haber de $13.875,50 [valor
estimado no oficializado]
NO HAY CAMBIOS
por MOVILIDAD para ex presos políticos
Ø Régimen Reparatorio ex Presos Políticos: el ultimo aumento elevó el haber a la suma de $ 24.968,71 a partir de enero/20. Equivale a la remuneración mensual asignada a la Cat. D nivel 0 de Planta Permanente Sin Tramo del del Agrupamiento General del escalafón para personal del SINEP [Circ. DP 71/19] [Ley 26.913 y Dec. 1058/14]
Simuladores de Movilidad
¿Cuánto debería estar cobrando? ¿Puedo reajustar mis haberes?
·
Simulador De Movilidad Para Régimen De Investigadores: AQUI [Solo Reforma Ley 27541, Res. 139/20 y Dec. 495/20, (altas anteriores a febrero 2020)]
· Simulador De Movilidad Para Régimen De Investigadores [Reformas de Leyes 27426, 27541, Res. 139/20 y Dec. 495/20 (altas anteriores a febrero 2018) ]
· Simulador De Movilidad Para Régimen De Investigadores [Reformas de Leyes 27426, 27541, Res. 139/20 y Dec. 495/20 (altas anteriores a febrero 2018) ]
· Simulador Para El Régimen General: AQUÍ [Solo Reforma Ley 27541 y
Decretos 163/20 y 495/20, (altas anteriores a febrero 2020)]
· Simulador Para El Régimen General: AQUÍ [Reformas de Leyes 27426, 27541 y
Decretos 163/20 y 495/20 (altas anteriores a febrero 2018) ]
· Simulador Para Prestación por Simultaneidad Docente Universitaria [Ley 24.241 + 26.508]
· Simulador Para Prestación por Haber Conjunto [Ley Dec. 160/05 + 26.508]
· Simulador Para Prestación por Simultaneidad Docente Universitaria [Ley 24.241 + 26.508]
· Simulador Para Prestación por Haber Conjunto [Ley Dec. 160/05 + 26.508]
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Aníbal Paz – abogado
- Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) - CPACF T°102 F°454 (BsAs) - CSJN
T° 500 F°669 (Fed)
Gabriela Zurita Donda - abogada – escribana - Mat. Prof.: CAC 1-34458 (Cba) -
CSJN T° 502 F°465 (Fed)
La verdad que me.marep de leer con fondo azul seré muy vieja ys,por favor alguien me dice si me quedo tranquila que no me tocan la
ResponderEliminarMovilidad,gracias a quiene de una mano
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