En el mes de agosto aumenta la jubilación mínima con garantía en el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM]
La Jubilación Mínima [JMin]
garantizada es la que está establecida en el Art. 125 bis de Ley 24.241
(según texto de Ley 27.426). Esa garantía consiste en que el haber
jubilatorio mínimo será igual al 82% del SMVM vigente para cada
periodo. Existe aquí una particularidad: esta JMin garantizada sólo alcanza
a quienes obtuvieron el beneficio jubilatorio sin aplicación de
moratorias previsionales, es decir con servicios completos con
aportes. Para el resto de los jubilados la JMin no cambiará y por ende no
recibirán aumentos. En concreto, la JMin sin garantía sigue siendo de $37.524,
mientras que la JMin garantizada pasa a ser de $39.237, es decir que quienes
resultan comprendidos en ella percibirán en agosto un aumento de $1.712.
> $ 38.940 a partir del 01 de abril de 2022;
> $ 42.240 a
partir del 01 de junio de 2022;
> $ 45.540 a
partir del 01 de agosto de 2022; y
> $ 47.850 a
partir del 01 de diciembre de 2022.
Pero, atento la dinámica inflacionaria
que se ha evidenciado en lo que va del año, mediante la Res. 06/22 el CNEPYSMVYM
dispuso el adelantamiento de los últimos
dos aumentos, los cuales quedaron en definitiva de la siguiente manera:
>
45.540 a partir del 01 de junio de 2022; y
>
47.850 a partir del 01 de agosto de 2022;
En septiembre dejaría
de aplicarse la garantía, ya que se elevará el monto del haber
jubilatorio mínimo, conforme al índice de movilidad previsto en la Ley
27.609, sin que se haya establecido para el cierre de estas líneas un nuevo
aumento en el SMVM. El 18 de agosto vuelve a convocarse al CNEPYSMVYM
para determinar ese aumento para lo que resta del año – tal como surge de la Res 07/22 (BO 04/08/22)-, y recién a partir de ese momento podremos determinar cuál será el
valor de la JMin garantizada y si ella es de aplicación, o no, en función de
los aumentos que por movilidad jubilatoria correspondan ala la JMin sin garantía
en septiembre y en diciembre.
En este punto debemos rememorar que las
últimas aplicaciones de la garantía habían sido en:
Ø Noviembre de 2019, cuando
la JMin vigente era de $12.937,22, con lo cual para quienes gozaban
de la garantía se aplicó el mínimo de $13.837,50, equivalente al 82% del
SMVM de ese momento ($16.875,00); y
Ø Octubre
y noviembre de 2021, ya que para entonces el 82% del SMVM era
equivalente a $ 26.240,00, monto que era superior a la JMin vigente para que
estaba tasada en $ 25.922,42.
Se observa con claridad
que hay un quiebre en la proporcionalidad existente entre el SMVM y la
Jubilación mínima durante un lapso prolongado. Ambas variables se encuentran evidentemente
atrasadas con respecto a la inflación habida, lo que supone gran pérdida de valor
adquisitivo, pero, además, el SMVM ha evolucionado generalmente por debajo de
la JMin.
Artículos
relacionados
- A
la espera de nueva Ley, se prorrogó la última moratoria previsional. Por Aníbal Paz, publicado el 21/07/22 en
Factor, Ed. Comercio y Justicia.-
- Las
polémicas Moratorias Previsionales. Por Aníbal
Paz. Publicado en la Revista Argentina de Derecho de la Seguridad
Social - Número 13 – 05/07/22 – IJ Editores.
- La
Mora Judicial: violencia institucional contra los adultos mayores. Por
Aníbal Paz publicado en el Suplemento de Seguridad Social - ElDial.com - Ed.
Albremática
- Jubilaciones
Docentes: ¿Por qué en junio disminuye el componente de Variación Salarial?
- Movilidad
Jubilaciones y Pensiones Regímenes General y de Investigadores y
Científicos - Junio/2022
- Proyecto
para una Nueva Moratoria Previsional: Las moratorias se han convertido en
una solución de tipo permanente, con alto costo Entrevista
a Anibal Paz, publicada el 12/05/22 en Factor, Ed. Comercio y Justicia
- Algunos
regímenes previsionales aún tienen cuestiones por resolver. Entrevista
a Anibal Paz, publicada el 17/03/22 en Factor, Ed. Comercio y Justicia
- Prestación
Anticipada: Análisis y primeras impresiones Por Aníbal Paz
Publicado en la Revista Argentina de Derecho de la Seguridad Social
- Número 12 - Diciembre 2021- IJ Editores
- Novedades
sobre Regímenes Especiales. Por Aníbal Paz, publicado en
el Suplemento de Seguridad Social del ElDial.com diciembre 2021. Ed.
Albremática
- La
modificación del derecho a la PBU impacta en el Derecho Laboral, Sindical y
Previsional. Implicancias del reconocimiento de hijos y de las tareas de
cuidado. Por Aníbal Paz en Derecho Previsional:
reconocimiento de aportes por tareas de cuidado: aspectos teóricos y
prácticos. Silvina Verónica Arcaro... [et al.] ; dirigido por
Silvina Verónica Arcaro. - 1a ed. - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2021. Ed. Albremática, ElDial.com - Libro
digital, E-Book - EPUB –
- ¿Cuáles
son los desafíos del próximo Congreso en materia previsional? -
El quantum del Haber Jubilatorio Máximo está infravalorado. Por
Aníbal Paz. Publicado el 04/11/21 en Factor, Ed. Comercio y Justicia
- Incidencia
de la Movilidad General en los Regímenes Especiales. Por
Aníbal Paz. Publicado el 01/06/21 en el Suplemento de Seguridad
Social de El Dial Ed. Albremática [Cita: elDial.com - DC2E08]
- Diferentes
pautas de movilidad jubilatoria existentes
- Doble
valor de PBU en el Régimen de Investigadores y Científicos ¿Por qué hay dos
valores de la PBU?
- Jubilados
Vs Impuesto a las Ganancias: alivio parcial sin solución de fondo. Por
Aníbal Paz. Publicado en formato de entrevista el 29/04/21 en Factor, Ed.
Comercio y Justicia
- Análisis
de la reglamentación de la reforma previsional. Por Aníbal
Paz. Publicado el 19/02/21 en Leyes y Comentarios, Ed Comercio y Justicia
- La
nueva fórmula de movilidad es ley y será puesta en crisis en la Justicia. Por
Aníbal Paz. Publicado el 31/12/20 en Leyes y Comentarios. Ed. Comercio y
Justicia
- El
reconocimiento previsional por hijos y tareas de cuidado en los Regímenes
Especiales de Docentes, Universitarias, Magistradas y Diplomáticas. Por
Aníbal Paz. Publicado el 19/08/21 en formato de entrevista en Comercio y
Justicia.-
- La
Movilidad Jubilatoria: pasado, presente y futuro inmediato en permanente
tensión con los principios del Derecho de la Seguridad Social. Por
Aníbal Paz. Publicado en Erreius On Line en el Suplemento
Especial Movilidad Jubilatoria, antecedentes y análisis de la nueva
fórmula. Diciembre 2020. Ed. ERREPAR
- Proyecto
de movilidad jubilatoria: “La nueva fórmula inmediatamente deberá sortear el
test de constitucionalidad en tribunales” Por Aníbal
Paz. Publicado el 15/12/20 en Leyes y Comentarios, Ed. Comercio y Justicia
- La
movilidad por decreto es inconstitucional, y la nueva fórmula va por ese mismo
camino. Por Aníbal Paz. Publicado el 01/12/20 en Leyes
y Comentarios Ed. Comercio y Justicia
- La
sustentabilidad del sistema no pasa por la Movilidad Jubilatoria Por
Aníbal Paz, publicado el 12/11/20 en Factor, y en Leyes y
Comentarios, Ed. Comercio y Justicia.-
Estudio Aníbal Paz
_ Gabriela Zurita - Abogados
(0351)
448-5854 - (011) 155-948-1888
Formulario de Consultas On
Line
Facebook:
- Estudio_Aníbal
Paz_Gabriela Zurita - Abogados
LinkedIn: anibalpaz y gabriela-zurita-donda
Twitter: @anibal_paz
Instagram: Estudio_Paz_Zurita_Abogados
YouTube: Aníbal Paz
Profesionales
Responsables:
Aníbal
Paz – abogado
especialista - Mat. Prof.: CAC 1-32556 (Cba) - CPACF T°102 F°454 (BsAs) -
CSJN T° 500 F°669 (Fed)
Gabriela Zurita
Donda - abogada – escribana
- Mat. Prof.: CAC 1-34458 (Cba) - CSJN T° 502 F°465 (Fed)
No hay comentarios:
Publicar un comentario