En el mes de agosto aumenta la jubilación mínima con garantía en el 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil [SMVM]
La Jubilación Mínima [JMin]
garantizada es la que está establecida en el Art. 125 bis de Ley 24.241
(según texto de Ley 27.426). Esa garantía consiste en que el haber
jubilatorio mínimo será igual al 82% del SMVM vigente para cada
periodo. Existe aquí una particularidad: esta JMin garantizada sólo alcanza
a quienes obtuvieron el beneficio jubilatorio sin aplicación de
moratorias previsionales, es decir con servicios completos con
aportes. Para el resto de los jubilados la JMin no cambiará y por ende no
recibirán aumentos. En concreto, la JMin sin garantía sigue siendo de $37.524,
mientras que la JMin garantizada pasa a ser de $39.237, es decir que quienes
resultan comprendidos en ella percibirán en agosto un aumento de $1.712.
> $ 38.940 a partir del 01 de abril de 2022;
> $ 42.240 a
partir del 01 de junio de 2022;
> $ 45.540 a
partir del 01 de agosto de 2022; y
> $ 47.850 a
partir del 01 de diciembre de 2022.
Pero, atento la dinámica inflacionaria
que se ha evidenciado en lo que va del año, mediante la Res. 06/22 el CNEPYSMVYM
dispuso el adelantamiento de los últimos
dos aumentos, los cuales quedaron en definitiva de la siguiente manera:
>
45.540 a partir del 01 de junio de 2022; y
>
47.850 a partir del 01 de agosto de 2022;
En septiembre dejaría
de aplicarse la garantía, ya que se elevará el monto del haber
jubilatorio mínimo, conforme al índice de movilidad previsto en la Ley
27.609, sin que se haya establecido para el cierre de estas líneas un nuevo
aumento en el SMVM. El 18 de agosto vuelve a convocarse al CNEPYSMVYM
para determinar ese aumento para lo que resta del año – tal como surge de la Res 07/22 (BO 04/08/22)-, y recién a partir de ese momento podremos determinar cuál será el
valor de la JMin garantizada y si ella es de aplicación, o no, en función de
los aumentos que por movilidad jubilatoria correspondan ala la JMin sin garantía
en septiembre y en diciembre.
En este punto debemos rememorar que las
últimas aplicaciones de la garantía habían sido en:
Ø Noviembre de 2019, cuando
la JMin vigente era de $12.937,22, con lo cual para quienes gozaban
de la garantía se aplicó el mínimo de $13.837,50, equivalente al 82% del
SMVM de ese momento ($16.875,00); y
Ø Octubre
y noviembre de 2021, ya que para entonces el 82% del SMVM era
equivalente a $ 26.240,00, monto que era superior a la JMin vigente para que
estaba tasada en $ 25.922,42.
Se observa con claridad
que hay un quiebre en la proporcionalidad existente entre el SMVM y la
Jubilación mínima durante un lapso prolongado. Ambas variables se encuentran evidentemente
atrasadas con respecto a la inflación habida, lo que supone gran pérdida de valor
adquisitivo, pero, además, el SMVM ha evolucionado generalmente por debajo de
la JMin.
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